“Malditos aquellos que con sus palabras defienden al pueblo y
con sus hechos lo traicionan”: Benito Juárez.
Periodismo Trascendente:
Raymundo Ibáñez del Castillo
periodismotrascendente2025@gmail.com
(3a. y última parte).
A todo esto, se suma, que
inexplicablemente, los representantes de Oaxaca, dejaron de nombrar perito topógrafo y aportar pruebas que confirmen la existencia física de la “Barra de Tonalá” y “Cerro el Chilillo” y únicamente envió la del “Cerro de la Jineta” e incuestionablemente que lo hicieron con dolo, mala fe y, perversamente, para que prevalezca el “convenio amistoso° cuyo fin es desconocer esos límites de la zona sur, reconocidos en la sentencia.
No hay que olvidar, que la línea limítrofe entre Oaxaca y Chiapas, así está descrita, sin ambigüedades, en las enumeraciones 328, 329, 330 y 331 de la ejecutoria pronunciada, y porque no menciona cursos naturales de ríos o arroyos, zonas costeras o boca barras, cañones y cañadas, que deduzcan inflecciones o vueltas.
A pesar de todo eso, Chiapas alegó que el trazo entre dichos rasgos geográficos, debía esclarecerse la forma en que se unen los puntos naturales de la frontera, solicitando ampliación de la pericial, a lo que Oaxaca, extrañamente, no se opuso.
Para los integrantes del Comisariado de Bienes Comunales de San Francisco del Mar, pueblo indígena ikoots, les resulta incomprensible que el gobierno estatal de Oaxaca, que encabeza Salomón Jara Cruz, en lugar de defender la sentencia de la Controversia Constitucional 121/ 2012, opta por firmar “convenios amistosos”, por encima de la ley, sin tener derechos para decidir el destino de las tierras ancestrales, sin ninguna justificación.
Por algo, nuestros hermanos de Oaxaca, que acudieron al llamado del gobierno del estado en el 2012, para que junto con 30 municipios más, defendieran la soberanía estatal, no están dispuestos a entregar sus tierras, ni tampoco, que las autoridades decidan por ellos .
Nadie se presentó a realizar una consulta previa, libre e informada y viven en la marginación total, olvidados, con carencias económicas para defenderse, pero con el orgullo que los mantiene en pie de lucha.
Lo único que les queda, es que con el criterio de la SCJN, aprobado el pasado 25 de agosto de 2026, en el que se reconoce a los pueblos indígenas, para que puedan acudir e intervenir en la aclaración de la sentencia, es una oportunidad para defender sus tierras invadidas por personas procedentes de Chiapas.
Además, confían en que la ley debe estar por encima de los intereses de los funcionarios públicos y, también, ya saben que tIenen
instancias internacionales a las que pueden acudir, en caso de violaciones a la Constitución de México y directamente en su perjuicio.
Para ellos, la sentencia es orden territorial y paz social, porque los límites están muy claros, y ya no pueden invadirse unos y otros, sino que deben respetarse.
Este límite, viene desde 1549 y la Corona Española se los respetó, reconociéndolos como pueblo originario. Ya estában aquí , cuando llegaron y saben perfectamente que pertenecieron al Virreinato de la Nueva España; y Chiapas, a la Capitanía General de Guatemala.
Por lo tanto, el límite siempre ha sido la tierra firme de la Barra de Tonalá.
Aún así, Oaxaca perdió una parte de su territorio, porque se llegaba hasta “Punta Flor” y el “Río de las Arenas”.





